Los patrones deben comunicar anualmente al IMSS la prima con la que pagarán las cuotas del Seguro de Riesgos de Trabajo (SRT) a más tardar el último día de febrero del año de que se trate, y en esta ocasión la fecha límite es el próximo 28 de febrero de 2023 (arts. 74, primer párrafo, LSS y 32, fracc. V, Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización —RACERF—).
No colmar dicha exigencia legal en tiempo y forma, puede traer como consecuencia, la imposición de una multa equivalente de 20 a 210 veces la UMA; esto es, de $ 2,074.80 a $ 21,785.40 (arts. 304-A, fracc. XV y 304-B, fracc. III, LSS).
Además, en caso de incrementar la prima y no…