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Un accidente de tráfico, una emergencia médica e incluso un viaje inesperado, son eventos que normalmente nos toman por sorpresa y especialmente sin un peso para enfrentarlos, de ahí la importancia de contar con un fondo de ahorro para emergencias. Lo cierto es que la cultura de ahorro no es precisamente parte de los mexicanos, de acuerdo con una encuesta de Albo, cuatro de cada 10 personas no cuenta con ningún tipo de dinero para emergencias. Lo anterior, aseveró la project manager de la firma, Ilse Rojas, produce además de un desequilibrio en las finanzas problemas como estrés financiero. No obstante, es una realidad que al ser gastos inesperados es difícil anticipar cuánto necesitamos tener. Para ello, algunos autores indican que lo ideal sería apartar por lo menos el valor…
eramirez@idconline.mxEN CONTACTO CON EL LECTOR Ainicios de este año los empresarios se enfrentaron al impacto económico por los incrementos desde el 1o. de enero de 2023 a los salarios mínimos (general y profesional), a las cuotas del ramo de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, y a las vacaciones de los empleados —se pagar más de prima vacacional, y no porque se aumentó el porcentaje respectivo, sino que se aplicará a más días—. En materia fiscal y contable el tema no es menor, porque para la presentación de la declaración anual al exhibir en marzo 2023 para el régimen general, el aplicativo contempla “cargar” los estados financieros de 2021 y 2022. Esto conlleva a realizar un comparativo entre esos años y cuadrar las cuentas contables, para ver qué tanto han…
• Es oficial, aún se podrá sustituir CFDI de nómina de 2022 • Cambios fiscales 2023 • ¿Qué cambia en el CFF por la RMISC 2023? • Ajuste anual por inflación, no es para todos • Reglas de las deducciones de personas morales del régimen general • Juicios ante TFJA suman 792 mil millones de pesos • Estrategias para un buen cierre contable • Multas por omisión de declaraciones • Pilares del impuesto mínimo global • Robo de efectivo, ¿deducible? • ¿Causa IVA la venta de nochebuena? • Listo, aplicativo de la declaración anual 2022 de RESICOS • Anual 2022, ¿se comparará la información del ejercicio anterior?…
Pérdidas fiscales en fideicomiso Formamos un fideicomiso empresarial en el ejercicio 2018 el cual generó pérdidas durante ese ejercicio, pero en 2019, 2020 y 2021 se generaron utilidades ¿se puede aplicar las pérdidas de ejercicios anteriores? Por otro lado, en 2022 se extinguió el fideicomiso, ¿qué sucede con las pérdidas fiscales? En términos del numeral 13. párrafo tercero de la LISR la pérdida fiscal derivada de las actividades empresariales llevadas a cabo a través del fideicomiso solo podrá ser disminuida de las utilidades fiscales de ejercicios posteriores derivadas de las actividades realizadas a través de ese mismo fideicomiso, por lo que el fideicomiso puede disminuir las pérdidas fiscales del ejercicio 2018 de las utilidades generadas en 2019, 2020 y 2021. Ahora bien, en caso de que existan pérdidas pendientes de…
Es una realidad que la economía mundial no anda del todo bien, y es que derivado de la crisis sanitaria causada por COVID-19 y el conflicto bélico entre Rusia y Ucrania, varios países han sufrido los estragos monetarios por la paralización económica por dichos factores externos. México no es la excepción, toda vez que durante el ejercicio 2022 existió una alta tasa inflacionaria que encareció los productos y servicios consumidos por sus habitantes. Esto sin duda afectó la economía de las familias mexicanas, pero no es la única consecuencia, porque en materia fiscal existen algunas implicaciones que a continuación se analizarán. Introducción Ante la alta inflación el gobierno mexicano implementó en mayo de 2022, el “Paquete Contra la Inflación y la Carestía” (PACIC), el cual contiene los siguientes 16 puntos…
Ya pasó el primer año de tributación de los nuevos regímenes de confianza implementados en la reforma fiscal 2022; por lo que respecto a las personas morales que tributan en ese régimen no sufrieron muchos cambios, dado que anteriormente existía el régimen de opción de acumulación el cual se asemeja en el tratamiento fiscal. El que sí representa un gran cambio es el aplicable para las personas físicas, toda vez que este toma como base una tasa mínima aplicable al total de ingresos percibidos, alejándose de la tradicional mecánica de restar ingresos menos deducciones para determinar una base gravable. Es importante recordar que este régimen suplió al RIF que entró en vigor a partir del ejercicio 2014, y comprendía un trato preferencial para los contribuyentes que lo aplicaran, con ello…