El modo de proceder de un tribunal depende de su jurisdicción, es decir, de su autoridad para gobernar un territorio determinado o a un grupo de personas. En Castilla y Aragón, en la época moderna, convivían dos tipos generales de jurisdicción: la secular o civil –impartida por alcaldes, jueces y, en última instancia, reyes– y la eclesiástica. Existían otras demarcaciones de carácter más específico, como el fuero militar, la de Navarra o la de Aragón. Los delincuentes preferían, llegado el caso, acogerse a la competencia eclesiástica, considerada más benévola; de ahí la popularidad del refugio en sagrado, que es la posibilidad de que un criminal se atrincherara en una iglesia, ermita u otro inmueble que contara con ese privilegio: quedaba de inmediato bajo justicia eclesiástica sin que alguaciles, alcaldes u…