Fuentes: arts. 60, 66,166, 167, 168, LFT; 58 y 59, Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo
Infografía: Jesús Díaz | Poly González
CASOS ESPECIALES EN EL PAGO DEL SUBSIDIO POR MATERNIDAD
¿Cómo paga el subsidio el patrón?
Cuando la trabajadora no tiene cubiertas por lo menos 30 cotizaciones semanales en el periodo de 12 meses anteriores a la fecha en que debiera comenzar el subsidio, queda a cargo del patrón la entrega del salario íntegro (arts. 170, fracc. V, LFT; y 103, segundo párrafo, LSS).
Lo recomendable es que la empresa efectúe tal pago en la misma forma en que entera el sueldo a las colaboradoras, ya sea semanal o quincenal — el primer supuesto cuando desempeñan un trabajo material y el segundo para las demás trabajadoras—…
