Cuando un empleador contrata a uno o más subordinados debe registrarse ante el IMSS como patrón y afiliarlos en dicho organismo público (arts. 15, fracc. I, LSS; 12, fracc. I y 45, Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización –RACERF–).
Para ello, el empresario tiene que señalar el salario base de cotización (SBC) con el que quedarán registrados sus colaboradores, el cual tiene que integrarse correctamente, pues es la base que sirve para calcular las cuotas obrero-patronales, aportaciones de vivienda, así como el monto de las prestaciones en dinero a que tienen derecho los asegurados y sus beneficiarios (arts. 15, fracc. I; 30 y 34, LSS).
Esto a efectos de evitar la imposición de créditos fiscales, esencialmente por los nuevos…